Y, en pleno verano, el día ha llegado!
La Comisión Europea ha adoptado finalmente una nueva decisión de adecuación que revoluciona la circulación de datos personales entre la Unión Europea (UE) y los Estados Unidos. Este paso crucial llega tras la anulación del anterior Privacy Shield por la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 16 de julio de 2020, en el asunto C-311/18, conocida como el Caso Schrems II. Tras una profunda revisión acordada con el gobierno norteamericano, la Unión Europea ha aprobado un marco que protege los datos personales de los ciudadanos de la UE y proporciona a las empresas la certeza jurídica necesaria para operar en un entorno global.
El nuevo Marco de Privacidad de Datos UE-EE.UU., adoptado el 10 de julio, pone fin a un período de incertidumbre jurídica y establece las reglas de juego para las transferencias de datos entre la UE y los Estados Unidos. De acuerdo con este marco, las empresas estadounidenses que decidan someterse a él se comprometen a cumplir con estrictas obligaciones de privacidad, y se proporcionan diversas vías de reparación a los ciudadanos de la UE en caso de mal uso de sus datos personales.
Una de las novedades más destacables de este marco es el establecimiento de un Tribunal de Recurso en Materia de Protección de Datos, al que los ciudadanos de la UE podrán acceder. Este tribunal podrá dictaminar la eliminación de datos si concluye que se han recogido en violación de las nuevas garantías.
Los compromisos adoptados por los Estados Unidos para asegurar la protección de los datos personales de los ciudadanos de la UE son significativos. Los ciudadanos de la UE tendrán acceso a órganos independientes e imparciales de impugnación, como el mencionado tribunal, que investigará y resolverá las reclamaciones de forma independiente y podrá imponer medidas correctivas vinculantes.
El nuevo Marco de Privacidad de Datos UE-EE.UU. también introduce un límite en el acceso de los servicios de inteligencia estadounidenses a los datos de la UE, restringiendo la recogida de datos a lo estrictamente necesario y proporcionado. Este compromiso, respaldado por el Decreto Presidencial de los Estados Unidos titulado «Refuerzo de las garantías en las actividades de inteligencia de señales de los Estados Unidos», refleja la preocupación y la respuesta a las reservas expresadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Caso Schrems II.
La entrada en vigor de esta Decisión de Ejecución de la CE no es el final del camino. Se realizará una revisión dentro de un año para evaluar la efectividad del marco y, dependiendo de los resultados, se realizarán revisiones cada cuatro años, como mínimo. Este proceso garantiza que los derechos y libertades de los ciudadanos de la UE continúen siendo protegidos, al tiempo que se facilita el comercio transatlántico y se refuerza la cooperación estratégica entre la UE y los Estados Unidos.
Sólo el tiempo dirá si este nuevo marco será anulado nuevamente por el Tribunal de Justicia de la UE tras sus dos predecesores (el mencionado “Privacy Shield” y el original “Safe Harbour”), pero, de momento, es una buena noticia que contemos de nuevo con seguridad jurídica en el tratamiento internacional de datos personales.
Desde el bufete, permaneceremos atentos a la aplicación y evolución futura de este nuevo marco.