El pasado 20 de octubre participamos en Radio Galega para hablar del derecho al olvido, un tema que en los últimos tiempos interesan a los usuarios de Internet, por eso en esta ocasión nuestro compañero Víctor Salgado habló sobre este tema.
La primera sentencia del Tribunal Supremo sobre este tema nos informa de que la información sobre las personas no debe ser accesible en los buscadores de Internet cuando ya no tengan interés público, pero incluye solo los buscadores, y no los archivos de los medios de comunicación, que no están obligados a modificar los datos de estas personas solicitantes. Esta sentencia se proclama en relación a un caso ocurrido en 1985 de dos hombres acusados por tráfico de drogas.
Nuestro compañero afirma que según esta sentencia, pionera en nuestro país, «las personas tenemos derecho a ser olvidadas en la red y los medios tienen que respetarlo, no modificando sus hemerotecas, pero sí evitando que estas noticias puedan tener un reflejo en los buscadores».
El riesgo de esta sentencia es que se pueda vulnerar el derecho a la libertad de expresión, construyendo «un pasado a medida», por eso los medios pueden seguir teniendo en su hemeroteca este tipo de informaciones. Es el propio medio, nos cuenta Salgado, el que tiene que poner los medios necesarios para que la información no aparezca en los buscadores, y esto supone una novedad. Así, deben eliminar la posibilidad de que los buscadores indexen los contenidos.
Salgado también nos cuenta que en España la situación es nueva, un escenario que se empieza a plantear, aunque hay un número de casos de este tipo que van en aumento. Además, opina que seguirán llegando casos a los tribunales relativos al derecho al olvido. Para nuestro compañero lo ideal es que los medios y los buscadores solucionen este problema antes de llegar a la vía judicial. Podéis consultar el audio entero en este enlace, a partir del minuto 48.