Archivos de Categorías: comercio electrónico

Videoblog: Pagos seguros e identidad electrónica

Tweet En estas fechas tan señaladas en las que nos apelotonamos en los centros comerciales para hacer nuestras compras de Navidad, me pregunto cómo es que el comercio electrónico no tiene más éxito todavía. Como compradores online, todavía somos recelosos a la hora de facilitar nuestros datos de tarjeta de crédito y pagar por Internet. [...]

Dinero electrónico: el pago anónimo en la Red

Tweet Ya lo sé. Nos hemos acostumbrado. Pero eso no significa que sea lo correcto o que no haya alternativas… Me refiero al funcionamiento actual del comercio electrónico y, en concreto, a su modelo de negocio y a los medios de pago. Parece mentira, pero cuando consumo productos o servicios en Internet sólo tengo dos [...]

Nombres y marcas en Internet

Tweet En el momento de escribir este post, somos ya 6.914.446.482 seres humanos en el planeta. En un número tan abrumadoramente alto, ¿cómo es posible que no perdamos nuestra individualidad? Muy sencillo: cuando nacemos, nos ponen un nombre “propio”. Dicho nombre, que configura nuestra identidad, debe ya reunir unas características particulares para inscribirse legalmente. En [...]

De la sal al dinero electrónico

El Gobierno acaba de aprobar el Anteproyecto de Ley de Dinero Electrónico pero ¿sabemos realmente lo que es el dinero?
El dinero es el valor fundamental de nuestra sociedad actual, tanto que no nos paramos a pensar en su origen y significado real.
El dinero ha sufrido un imparable proceso de desmaterialización: de la sal al metal y de éste al papel con los billetes de curso legal. Ahora se prepara para su último salto evolutivo: el formato digital.
Ante la complejidad y gran nivel de exigencia para las entidades de dinero electrónico de la anterior normativa, se ha adoptado una nueva Directiva en 2009 que es el origen del nuevo Anteproyecto de Ley.
Su artículo 2.2) define al dinero electrónico como valor monetario en medios electrónicos o magnéticos, que suponga un crédito sobre el emisor al recibo de fondos, con el propósito de efectuar operaciones de pago y aceptado por sujetos distintos del propio emisor.
Para su éxito es esencial la confianza, lo que se consigue garantizando su pleno “reembolso” en el dinero del que nos fiamos, lo que se hace mediante el artículo 11.2 de la Directiva.
Puede emitirlo cualquier entidad que cumpla los requisitos y no es necesario tener la condición de entidad financiera o bancaria para ello.
¿Llegaremos a confiar tanto en el dinero electrónico como hoy confiamos en el físico? El tiempo lo dirá.